FE.S.I.CH y SITECH Castelli para por 48 hs el 7 y 8 de junio

Paro docente de 48 hs para el 7 y 8 de junio

Paro docente de 48 hs para el 7 y 8 de junio

FESICH anuncia un paro de 48 hs para el miércoles 7 y jueves 8 de junio, ya que «lejos de encontrar respuestas por parte del gobierno provincial, éste lo profundiza con un ofrecimiento del 6 % dejando por debajo de la línea de la pobreza a los trabajadores docentes».

Afirman que «los colegas de toda la provincia están pasando una situación complicada con respecto a sus salarios. El Poder Ejecutivo debe hacer los mayores esfuerzos para destrabar el conflicto que lleva ya dos meses sin solución y con estas ofertas lo único que buscan es dilatar el tiempo».

Insistimos que el 6 % ofrecido por el gobierno es vergonzoso frente a la inflación y los tarifazos en los servicios de las Empresas del Estado Provincial. La oferta irrisoria no se ajusta ni al índice inflacionario del Año 2017, ya que la inflación del primer trimestre supero el 8%, no se ajusta ni a los índices.

La  modalidad del paro es «sin asistencia a los lugares de trabajo en toda la provincia. Por lo que exigimos urgente de que logremos rápidamente una respuesta analizable desde el Poder Ejecutivo, que merezca ser reflexionada por los  docentes chaqueños, y nos permita  de manera inmediata  recomponer los salarios».

En el comunicado expresan además que «ante la convocatoria de la mesa técnica para modificar el artículo 94, FESICH propone modificar el desempeño mínimo de 90 a 180 días».

Afirman en el texto: «La presente iniciativa de ley se debe a que la Cámara de Diputados a través de la 6888 modificó el artículo 312, de la ley 3.529 (Estatuto del Docente) de la ley 5125 y sus modificatorias». Uno de los puntos del artículo 132 establece que en caso de gravidez o maternidad «la docente tendrá derecho a licencia remunerada de uso obligatorio por maternidad por el término de 180 días».

«Si tenemos en cuenta que hay muchos docentes aspirantes a interinatos y suplencias que durante el año acceden a licencia por maternidad y gozan de los beneficios en los rubros antes mencionados, por el cual no puede  existir el desempeño mínimo de 90 días y se pasa al final de la lista, por lo cual se debe tener por analogía la licencia de maternidad de 180 días».

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