ANSES POSTERGÓ EL PAGO DEL INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA


El organismo determinó espaciar las fechas para que no haya aglomeración de personas en los sitios de cobro. En vez del 15 de abril, el cronograma comenzará el martes 21 para quienes tengan CBU y el 6 de mayor para quienes no pudieron aún inscribirse por no contar con cuenta bancaria.

La ANSES resolvió postergar el pago del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que está destinado a atenuar el impacto de la cuarentena decretada el 20 de marzo ante la pandemia del coronavirus.

La decisión se debe, explicaron desde el organismo, a la necesidad de evitar la aglomeración de personas en los distinto lugares de cobro. De esta forma, en vez de comenzar el 15 de abril, como había anticipado el titular de la Anses, Alejandro Vanoli, el cronograma de pagos se iniciará más tarde.

El 21 de abril comienzan a pagar a los beneficiarios que tienen CBU, es decir poseen cuenta bancaria.

Y el 6 de mayo comenzará a pagarse a quienes no tienen CBU y por lo tanto en la inscripción para recibir el beneficio no podían informarlo.

El 21 de abril comenzará a pagarse a los beneficiarios que tienen CBU y el 6 de mayo a los que en el actual proceso de registración no podían informarlo.

El fundamento es evitar que se reiteren aglomeraciones en los bancos. El nuevo cronograma está diseñado de modo que no se superponga con el pago de otros beneficios. Si no lo espaciaban tanto, corrían el riesgo de que se repitieran aglomercaciones.

El gobierno no quiere arriesgar una reiteración de lo sucedido el viernes 3 de abril, cuando al cabo de dos semanas en que los bancos estuvieron cerrados a la atención al público, ésta se reinició y se agolparon en sucursales bancarias de todo el país cientos de miles de jubilados y receptores de beneficios, lo que fue un severo golpe a la cuarentena que el gobierno había dispuesto inicialmente del 20 al 31 de marzo y estiró primero al 13 y luego al 26 de abril.

Este sábado, la ANSES había empezado a informar por número de documento quiénes reunieron los requisitos para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

El cronograma para ingresar los datos será escalonado, según la terminación del número de DNI, por lo que este sábado el sistema estuvo habilitado para los terminados en 0 y 1.

Este domingo podrán revisar los finalizados en 2 y 3; el lunes en 4 y 5; el martes en 6 y 7 y el miércoles en 8 y 9. Si la solicitud fue rechazada, el ciudadano podrá revisar desde el sitio oficial cuáles son los motivos así como también iniciar un reclamo.

En caso de obtener la aprobación definitiva, el beneficiario deberá dirigirse a la web del organismo y desde la opción «Ingreso Familiar de Emergencia» deberá colocar la clave de Seguridad Social y seguir las instrucciones para anotar su número de CBU.

Las personas que prefieran cobrar por otros medios de pago, podrán elegirlos a partir del jueves 16, para lo cual también tendrán que ingresar a la web del organismo, que brindará una serie de instrucciones para concretar el trámite.

Quienes no puedan llegar a inscribirse con CBU en la primera fase de inscripciones del 11 al 15 de abril, podrán hacerlo en la fase de inscripción para los beneficiarios no bancarizados, de acuerdo con la información oficial.

La ANSeS anticipó, además, que en los próximos días se publicará el cronograma de pagos del IFE con todas las fechas y opciones de cobro.

El organismo abrirá una instancia para volver a considerar aquellos casos que no fueron aprobados por haberse producido cambios no informados al organismo en la situación laboral o familiar de esas personas o, también, por falta de datos.

El ingreso de emergencia está dirigido a quienes trabajen en el sector informal, monotributistas sociales y de las categorías A y B.

Al mediodía de hoy ya se llevaban abiertas 141.000 cuentas DNI en el Banco provincia para cobrar el ingreso de $10.000

A su vez, es necesario ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a dos años, tener entre 18 y 65 años y, como titular o grupo familiar no tener ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado, ser monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos, entre otros puntos

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