Caso Cindric: el STJ revisó las condenas de los policías, y podrían recuperar su libertad
La Sala Segunda en lo Criminal y Correccional del Superior Tribunal de Justicia, integrada Emilia María Valle y Rolando Ignacio Toledo resolvió rebajar la calificación penal a los seis policías condenados por agresión contra el joven Víctor Hugo Cindric que derivó en su muerte el 17 de septiembre de 2014 en la Comisaría de Tres Isletas. Esto abre la puerta para que queden en libertad, porque el tribunal debe dictarles una nueva pena.
La sentencia Nº 230, dictada el 14 de diciembre pasado, revisó la condena de la Cámara Primera en lo Criminal de Presidencia Roque Sáenz Peña. Este tribunal había dispuesto en marzo pasado dictaminar prisión perpetua para los agentes Ernesto Catalino López, Héctor Fabián Méndez, Diego Juan Gallardo y Alfredo Fabián Dorado, por hallarlos culpables del delito de “tortura seguida de muerte”.
El fallo original condenó a policías en actividad por ese delito por primera vez en la provincia. Luego de ser apelado, la Sala Penal del STJ definió modificar la calificación y determinó que deben fijarles una nueva condena respecto al delito de “vejaciones agravadas por el uso de violencia y con fines de venganza y homicidio preterintencional, en concurso real”. Como las penas para ese delito van de 2 a 9 años de cárcel, podrían ser liberados, ya que llevan ese tiempo detenidos.
Junto a esta condena, habían sentenciado a cinco años de prisión a los agentes Rafael Toledo y Natalio Struciat, por el delito de “encubrimiento agravado”. En la revisión del STJ rebajaron la calificación a la de un simple “encubrimiento”, por el cual también deberán fijarles una nueva condena.
SATISFACCIÓN EN LA DEFENSA DE LOS POLICÍAS
Los abogados Alfredo Massi y Miguel Lukach, que defendieron a cinco de los seis policías imputados por el Caso Cindric, destacaron la resolución del Superior Tribunal de Justicia que resolvió que la calificación fue errónea y había que readecuarla.
“El Superior Tribunal ha dispuesto al resolver la Casación interpuesta en el Caso Cindric la calificación era errónea, y dispuso cambiar a un preterintencional, por lo tanto va a reenviar la causa para la realización de un nuevo debate, pero no en toda su extensión, sino solo al respecto de la readecuación de la calificación legal del hecho”, dijo el abogado Alfredo Massi.
Massi consideró que la calificación era errónea porque el juez que intervino en la causa, Rodolfo Lineras, en el resolutorio dispuso que existía tortura seguida de muerte, porque el resultado muerte había sido con dolo eventual. En este punto, dijo Massi “si es con dolo eventual se está equiparando al art. 80.2 que es homicidio por alevosía, no habría diferencia entre una figura y otra. Mientras que en la tortura seguida de muerte, dogmáticamente se requiere que la tortura sea dolosa, intencional, pero el resultado seguido de muerte tiene que ser preterintencional o culposo porque si es por dolo eventual estamos asimilando a la figura del 80.2 y se produce una confusión o conflicto de normas por lo tanto nunca puede haber tortura de seguida de muerte si se está hablando de dolo preterintencional”. El abogado defiende a Héctor Fabián Méndez, Ernesto López, Diego Gallardo y Rafael Toledo.
Por su parte Miguel Lukach, abogado de Alfredo Dorado, sostuvo que con esta resolución “se considera que hubo un error de la ley penal sustantiva. En consecuencia, al considerar eso el Superior Tribunal define que hay que bajar la calificación y hacer un solo debate al solo efecto de adecuarla. Es decir que los recursos fueron acogidos por Casación”, señaló.
Según Lukach una vez que se adecue la calificación y pasa a ser un Homicidio Preterintencional, “los policías imputados van a estar en condiciones de recupera la libertad por el tiempo transcurrido, porque no nos olvidemos que el tiempo se imputa desde el mismo momento en que fueron detenidos ya sea en comisaria o en cualquier lugar de detención”.
“Los policías acusados de la muerte del joven Víctor Hugo Cindric están detenidos hace casi tres años y si se readecua el hecho, más de seis años no le tendrían que dar y estarían en condiciones de acceder al beneficio de la salida transitoria”, indicó.
EL CASO
El 17 de septiembre de 2014, por una denuncia de supuestas agresiones y conflicto familiar, dos efectivos de la comisaría de Tres Isletas, intervinieron el hecho. Allí detuvieron a Víctor Hugo Cindric, de 18 años. Pero al poco tiempo, es llevado al hospital “Vázquez” de Tres Isletas por una descompensación. Se dijo que el joven tuvo un paro cardíaco. Por su muerte fueron juzgados seis policías.
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