CASTELLI: EL JUEZ GARCÍA VERITÁ PROHIBIÓ ALOJAR DETENIDOS EN EL GARAJE DE LA COMISARÍA SEGUNDA


Tras una presentación del Comité de Prevención de la Tortura, el juez de Niñez, Adolescencia y Familia Nº 1 de Juan José Castelli, Gonzalo García Veritá, hizo lugar a una acción de habeas corpus y prohibió el alojamiento de personas en el garaje de la Comisaría Segunda de esa localidad.

El «baño» de la «celda» en el garaje de la Comisaría 2ª de Castelli
El juez de Niñez, Adolescencia y Familia Nº 1 de Juan José Castelli, Gonzalo García Veritá, dispuso prohibir el alojamiento de personas en el garaje de la Comisaría Segunda de la ciudad de Juan José Castelli. Fue al hacer lugar a una acción de habeas corpus impulsada por el Comité de Prevención de la Tortura.

La sentencia fue dictada el 14 de mayo último por parte del juez García Veritá, luego de constatar que, a pesar de que las autoridades de la Comisaría se lo negaran en una audiencia, seguían manteniendo a personas detenidas en el garaje de la Comisaría Segunda, incluso a un hombre recién operado de apendicitis. La improvisada “celda” no contaba con baño y se encontraba separada de la calle sólo por una puerta metálica.

A pesar de que en el momento de dictado de la sentencia ya no había personas alojadas en el garaje de la Comisaría Segunda, el magistrado se apartó de la “doctrina de la abstracción” que podría haber utilizado para desentenderse de la situación. Sin embargo, para evitar que se vuelva a repetir, García Veritá resolvió la cuestión de fondo del habeas corpus, fundamentando que es “inconstitucional” albergar personas en un garaje ya que no es un lugar que tenga como finalidad el alojamiento de detenidos, de acuerdo al artículo 18 de la Constitución Nacional.
El portón que separaba a los detenidos de la vía pública
En ese contexto, el magistrado consignó que “el garaje de la Comisaría Segunda de Juan José Castelli no es seguro ni en su faz de seguridad interna exponiendo a los detenidos a las embestidas del clima (no tiene muro externo, solo un portón de rejas); ni en su faz externa, toda vez que la puerta del mismo, lógicamente por su naturaleza, da a la calle. No es limpio porque no tiene sanitarios disponibles, no tiene mobiliarios aptos (no hay camas, en la última inspección se observó sólo una), y el único habitáculo es un depósito que no tiene ventilación, no adecuado para la cantidad de detenidos, contando con una sola puerta”.

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