EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA VOTÓ TENER VACACIONES DEL 13 AL 24 DE JULIO EN EL PODER JUDICIAL


Lo confirmaron tras la votación de los miembros del Poder Judicial con disidencia de la Dra. Emilia Valle que pretendía otra fecha. Finalmente se estableció del 13 al 24 de julio.

En el día de ayer, el Superior Tribunal de Justicia -por Acuerdo 3575, Punto Sexto- decidió, por mayoría -compuesta por los jueces Grillo, Toledo y Modi-, ratificar la fecha fijada en la Resolución Nº 141/2020, mediante la cual se estableció que el Receso Judicial del mes de Julio del corriente año, estará comprendido desde el 13 al 24 de julio de 2020, inclusive; con la disidencia de la jueza Valle, que postula que el receso judicial del mes de julio del corriente año, debería estar comprendido desde el 6 al 17 de julio, inclusive. En consecuencia, dispusieron prorrogar los alcances de la Resolución Nº 348/2020 desde el 6 de julio hasta el 12 de julio de 2020, inclusive, estableciendo los turnos presenciales para la ciudad de Resistencia y Gran Resistencia, incluyendo Justicia de Paz y/o Faltas de Resistencia, Barrio Güiraldes, Barranqueras, Fontana, Puerto Tirol y Puerto Vilelas, en Anexo.
 
Fijada desde el 12 de marzo
La mayoría sostuvo que la fecha del receso judicial del mes de julio había sido fijada por Resolución Nº 141/2020 del 12 de marzo de 2020, ya desde el mes de marzo y en uso de las facultades conferidas por el artículo 79 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 1-B. Al respecto, aclararon que el Poder Judicial ha prestado funciones, tanto de forma remota como presencial, desde el día 13 de abril de 2020, a través del denominado Servicio Judicial de Urgencia establecido por Resolución Nº 210/2020 y ampliado y modificado por diversos instrumentos (vgr. y sólo por mencionar algunas, Resoluciones Nº 223/2020, 262/2020, 291/2020, 314/2020, 335/2020, 336/2020 y 348/2020, entre otras). En ese sentido y en el entendimiento de que el actuar del Poder Judicial en los términos referidos, es decir, a través de una función limitada y no plena, no genera circulación de personas más allá de lo estrictamente necesario ni tampoco implica un impacto negativo en la situación sanitaria, generándose un mínimo contacto entre agentes del Poder Judicial entre sí y con los profesionales y auxiliares de la justicia y no implicando aglomeración de personas. En el mismo orden, el Superior Tribunal de Justicia, desde el comienzo de la pandemia, ha obrado con cautela y bajo las medidas de bioseguridad y protocolos establecidos. Además, los feriados decretados para los días 9 y 10 de julio reducen de por sí la circulación de personas. Finalmente y en caso de ser necesario por modificarse las actuales circunstancias, el Superior Tribunal de Justicia tomará las medidas urgentes pertinentes.
 
La doctora Valle coincidió en cuanto a las medidas que ha implementado el Poder Judicial. Sin embargo, disintió en cuanto a la fecha de inicio del Receso Judicial, entendiendo que corresponde modificar el Punto I de la Resolución Nº 141/2020, estableciendo que el Receso Judicial del mes de Julio del corriente año, estará comprendido desde el 6 al 17 de julio de 2020, inclusive. Al respecto, manifestó que deben tenerse presente diversas razones para la modificación propuesta. En primer lugar, que existe una petición expresa de las entidades que nuclean a abogadas y abogados de las seis Circunscripciones Judiciales y, parcialmente, de los cuatro gremios que conglomeran a los agentes judiciales, en orden a adelantar el receso judicial. En segundo lugar y en línea con lo anterior, el adelantamiento del receso constituye una decisión que iría en consonancia con las medidas sanitarias que han adoptado los gobiernos nacional y provincial, en este último caso, tanto el Poder Ejecutivo como el Poder Legislativo de la Provincia del Chaco. En tercer lugar y con base en las medidas enunciadas de los otros poderes del Estado, en estas fechas se estaría dando el pico de la pandemia, lo cual justifica una reducción de la circulación de personas, en este caso, de los agentes del Poder Judicial. Adicionalmente, no debe soslayarse que los días 9  y 10 de julio son feriado, lo cual implica de por sí una reducción del trabajo del Poder Judicial, lo cual abona la decisión de que el receso comience la semana que viene, evitando sucesivas interrupciones al Servicio Judicial de Urgencia que se está desarrollando

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