LA JUEZA DE FALTAS CLAUSURÓ LAS INSTALACIONES DE LA DESMOTADORA DE LA COOPERATIVA GÜEMES
La Jueza de Faltas Municipal Marcia Dominguez, ordenó este viernes por la mañana la clausura de la planta desmotadora de algodón de la Cooperativa General Güemes al considerar que no se han tomado las medidas correspondientes para evitar los efectos de la propagación de la fibrilla de algodón durante el proceso de desmote.
A través de la Resolucion 028/2020, este organismo de competencia municipal dispuso directamente la clausura del sector de desmote de la entidad, a pocos días de la culminación de la campaña algodonera 2020.
Luego de la actuación de Oficio del juzgado de Faltas Municipal a raíz de denuncias públicas de los vecinos del lugar por la contaminación que produce la desmotadora de la Cooperativa Güemes se llevó a cabo una reunión de la que participaron los representantes de la Cooperativa, la Jueza de Faltas Municipal, Secretario de Gobierno y Secretario de Ambiente Municipal, y vecinos en la que se otorgó un plazo para la puesta a punto y lograr evitar la contaminación.
A la par se llevaron a cabo estudios de los que participaron y aportaron sus conocimientos con informes por parte de Técnicos de la UNCAUS. El expediente consta de 118 páginas y este viernes -a dos meses de la reunión- la Jueza de Faltas Municipal Dra Marcia Dominguez teniendo en cuenta dichos informes y el precedente de clausuras en desmotadoras de Santa Silvina, procedió a clausurar por 30 días el sector de la Desmotadora de la Cooperativa Güemes a fin de que en dicho término puedan resolver las falencias descriptas a lo largo de la Resolución, se impone la obligación de cumplimentar con los requisitos exigidos para una debida habilitación municipal. A FS 107 verificando los Inspectores de Industria, Comercio y Bromatología que la Cooperativa Agropecuaria y Forestal General Güemes Ltda no cuenta con ningún tipo de Documentación que avale su Habilitación Municipal al Día de la Inspección.
Por Aplicación del Art. 38 y 46 del Código de Faltas Municipal, Infracción sobre las Normas de Higiene de lugares públicos o bien lugares privados de uso público en donde se desarrollen actividades sujetas a control Municipal, de modo que afecte la salubridad pública. Hecho que queda demostrado en Informe Adjunto de FS 66 a 103.
Art 46.: La emanación de Gases tóxicos, partículas, humo, cenizas, gases nocivos, materias olorosas y/o cualquier otra sustancia contaminante o enviciadora del aire o medio ambiente, será sancionado con multa equivalente de 50 a 300 litros de nafta super y/o clausura de los conductos, elementos y/o instrumentos utilizados para la comisión de la falta.
Desde la Cooperativa, manifestaron que ya cuentan con el proyecto terminado sobre el plan de contingencia solicitado y que se iba a implementar apenas finalizados los trabajos de desmote de la presente campaña.
«Hay un compromiso asumido para buscar una solución a este problema que nos afecta a todos y lo vamos a cumplir», manifestó el Ingeniero Daniel Pértile al respecto.
Agregó que se han realizado consultas y estudios para la implementación de ese plan de evacuación de desechos y que solamente falta un aval técnico para ejecutar el proyecto. No obstante, desde la entidad lamentaron la medida de la Jueza Dominguez y adelantaron que los abogados de la entidad ya están trabajando en el tema.
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