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Lavado III: la justicia Federal confirmó el procesamiento de Nievas y el embargo de sus bienes por $ 200 millones
16 febrero, 2019
Revés judicial para el intendente detenido de Juan José Castelli, en la causa conocida como Lavado III, en la cual investigan supuesto desvío de fondos nacionales para hacer viviendas.
La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ratificó hoy el procesamiento con prisión preventiva contra el intendente de Castelli, Alberto Nievas.
Alberto Nievas está acusado por los delitos de asociación ilícita, enriquecimiento ilícito y lavado de activos, entre otros.
El fallo al que accedió Diario Chaco, y que lleva las firmas de los jueces José Luis Aguilar y Rocio Alcalá, y de María Lorena Re, Secretaria de Cámara, dispuso lo siguiente:
«1 °) DICTAR AUTO DE PROCESAMIENTO —CON PRISIÓN PREVENTIVA (ART. 312 DEL C.P.P.N) – contra OSCAR ALBERTO NIEVAS DNI N° 14.522.412, cuyos demás datos personales obran en autos, por considerarlo prima facie penalmente responsable del delito de asociación ilícita (art 210 del CP) en calidad de jefe u organizador, enriquecimiento ilícito (art. 268 CP), fraude en perjuicio de la administración pública (art. 174 inc. 5 CP), incumplimiento de deberes de funcionario público (art. 248 CP), malversación de caudales públicos (art 260 CP), lavado de activos, agravado por habitualidad, ser miembro de una banda y funcionario público (art. 303 del Código Penal, con la agravante prevista por el art. 303 inc. 2), apartados a) y b) del Código Penal), todo ello en calidad de coautor y en concurso real entre sí, mandando TRABAR EMBARGO sobre sus bienes hasta cubrir la suma de $200.000.000 (PESOS DOSCIENTOS MILLONES). A tal fin, confecciónese el mandamiento de embargo respectivo (art. 518 del CPPN)…» (sic). Para así decidir, sin ánimo de incurrir en reiteraciones inoficiosas, reseñaremos que la Jueza de grado tuvo por acreditado con el grado de certeza que esta instancia requiere y conforme al cúmulo probatorio incorporado, que existen sólidos elementos para considerar que José Héctor Hipperdinger, Adrián Héctor Hipperdinger, Rosana Giménez, Lorenzo Heffner (para el caso de la municipalidad de Villa Río Bermejito) y Oscar Alberto Nievas (en cuanto concierne a la Municipalidad de Juan José Castelli) habrían diagramado un mecanismo complejo para lograr incorporar a su patrimonio (como así el de las empresas y personas que componen su círculo más íntimo y cercano) aquel dinero que debió haber sido aplicado a brindar soluciones habitacionales a los pobladores más necesitados de distintas localidades del interior chaqueño.»
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